Estudiando
5. Shoftim
El Libro de Devarim (Deuteronomio)
+100%-

Farbrenguen: Likutei Sijot

Extraido de sijot en español

Una Antologia de Alocuciones del Lubavitcher Rebe Rabí Menajem Mendel Shneerson Sobre las Lecturas Semanales de la Torá y Ocasiones Especiales del Calendario Judío
Un proyecto de Sijot en Español y Editorial Kehot Lubavitch

Bsd.
En ocasión de Shabat Parshat Shoftím publicamos la primera parte de la Sijá correspondiente a la Sección Shoftím, del Volumen II de Likutei Sijot.

Sijot en Español y Editorial Kehot Lubavitch agradecerán sus comentarios y/o correcciones. Contacto: info@sijotenespanol.org.ar y info@kehot.com.ar. Asimismo, para dedicar fascículos del Likutei Sijot contactarse con info@sijotenespanol.org.ar o al Teléfono 54 11 4504 1908. Las frases entre corchetes [ ] son agregados de la edición en Español. A las notas originales se agregaron las notas de la versión Inglesa (NVI) y las de la edición en Español (NE). Cuando aparece en el texto ‘’Mi suegro, el Rebe (anterior)’’, el Rebe hace referencia a su antecesor Rabí Iosef Itzjak Schneersohn, 6to. Rebe de Jabad.
29 de Menajem-Av de 5767
Textos originales: Likkutei Sichos (© Kehot Publication Society, Brooklyn, NY)
Edición de Textos y Dirección General: Rabino David Stoler
Traducción: Equipo de Sijot en Español.
Revisión: Rabino Natán Grunblatt.

1. Ya se explicó1 extensamente [en otra oportunidad] que el significado conceptual del mes de Elul es similar al de los Aréi Miklat –las Ciudades de Refugio–2. A lo ya expuesto se puede agregar lo siguiente: Acerca de la designación de jueces y policías [–shoftím y shotrím, tema con el que comienza la Sección Semanal–3] esta escrito en Sifrí4 que [la presencia de] los jueces y policías5 [no se limitaba a la Tierra de Israel, sino que estos] estaban “en todos vuestros poblados”6, incluso fuera de Israel. [Tras esta aseveración,] el Sifrí prosigue: “¿Quizás había también Ciudades de Refugio fuera de las fronteras de Israel?

Las Escrituras precisan: ‘Estas serán…’7, [es decir, exclusivamente] las [enumeradas en el versículo servían de] Ciudades de Refugio, [y las mismas] se encontraban sólo dentro de Israel”8. No obstante, señala el Sifrí9, “si bien las Ciudades de Refugio propiamente dichas se encontraban dentro de la Tierra de Israel, servían también de refugio al homicida que venía de allende sus fronteras”. El hecho de que Sifrí menciona a los jueces y policías al mismo tiempo que a las Ciudades de Refugio –sugiriendo que tal como los primeros cumplían sus funciones también fuera de Israel, del mismo modo podría haberse llegado a pensar que también había Ciudades de Refugio fuera de ésta– evidencia que ambos temas están [conceptualmente] relacionados.

La función de los jueces, e incluso la de los policías que “reprendían a la gente”10, no es la de impartir castigo11. Su objetivo era lograr purificación y refinación [en los hábitos y conductas de las personas]. Del mismo modo, las Ciudades de Refugio constituían [para el asesino involuntario, por medio de su residencia en una de ellas,] un galut –exilio–, y “el exilio expía”12. El Alter Rebe explica en Igueret HaTeshuvá13 que Kapará (expiación) es un término que denota “limpieza”14, y alude a un grado de “limpieza [del alma] y remoción del pecado”, que [devuelve a] la persona [a su estado original, y por lo tanto tras ella ésta] es aceptada ante Di-s como antes del pecado15.

Así expuesto, uno podría pensar que debería haber Ciudades de Refugio también fuera de la Tierra de Israel. Pues sobre Eretz Israel –la Tierra de Israel–, que también es llamada tan sólo Eretz (Tierra)16, el Midrash declara17: “¿Por qué fue llamada ‘Eretz’? Porque ratztá (‘deseó, quiso’) cumplir el ratzón (‘voluntad’) de su Hacedor”. En este espíritu, jutz laártez (“fuera de la Tierra [de Israel]”), alude a lo que está “afuera”, apartado, de la Voluntad [de Di-s]. Entonces, [si allí no reina en forma manifiesta la voluntad Divina,] sería lógico que allí se establecieran Ciudades de Refugio, más que en la Tierra de Israel misma. Sin embargo, sólo la designación de jueces y policías regía para allende las fronteras de Israel, en tanto que el establecimiento de Ciudades de Refugio debía circunscribirse a los límites de ésta.

2. La [mitzvá de] Teshuvá comprende dos aspectos: [1] El arrepentimiento por el pasado, y [2] la determinación de no volver a pecar en el futuro18. ¿Cuándo es sincero el arrepentimiento? Cuando la persona asume que de ahora en adelante se comportará como es debido. De no existir semejante compromiso, ¿de qué valió su arrepentimiento? ¡Sería como “sumergirse [en una mikvé] para purificarse, al tiempo que se sostiene un reptil impuro en la mano”19.

Esto explica por qué había Ciudades de Refugio sólo en la Tierra de Israel. Pues si la persona [demuestra que desea rectificar sus actos y por eso procura asilo en una de estas ciudades, pero al mismo tiempo] se queda fuera de la “Tierra (éretz) que deseó cumplir la Voluntad de su Hacedor”, ¿de qué sirvió su arrepentimiento? Por esta misma razón, las Ciudades de Refugio concedían asilo también al homicida que provenía de fuera de Israel –también a él lo beneficiaba el exilio– pero el exilio propiamente dicho, [su kapará – expiación–,] debía tener lugar en Eretz Israel exclusivamente, [como declara el versículo]: “Allí huirá”20.

En contraste, se debía designar jueces y policías también allende las fronteras de Israel. Ello responde a la máxima [de nuestros Sabios] que declara: “No juzgues a tu prójimo hasta haber estado en su lugar”21. A un tribunal de la Tierra de Israel le es imposible saber [y comprender] los obstáculos e impedimentos reinantes en jutz laáretz; cómo cada acción [sagrada], e incluso cada palabra y pensamiento [correctos], demandan [allí] tremendos esfuerzos, y en donde existen muchas pruebas [y tentaciones].

En la Tierra de Israel, en cambio –una tierra que goza de un estado en el que “Los ojos de Di-s, tu Señor, están constantemente sobre ella, desde el inicio del año hasta el final del año”22– no se conciben semejantes circunstancias [que sí aquejan a los judíos del resto del mundo]. Por lo tanto, era menester designar jueces y policías también en jutz laáretz, para juzgar [correctamente] a los judíos de allí, [conforme la particularidad individual de cada caso, también teniendo en cuenta las dificultades que imponen el entorno].

En concordancia con el concepto explicado, se cuenta acerca del Míteler Rebe –y también sobre el Rebe Tzemaj Tzedek23– que cierta vez interrumpió por un tiempo una audiencia privada –iejidut–24, y luego la continuó. Cuando le preguntaron a qué se debía dicho comportamiento inusual, explicó que cuando alguien viene a iejidut para buscar un tikún (rectificación espiritual para el alma), él [el Rebe] debe encontrar –siquiera de una manera sumamente sutil– este mismo problema en su interior, y sólo luego puede responder [y aconsejar acerca del modo de rectificación].

En aquel iejidut se había recurrido al Rebe por una cuestión muy burda, y él no lograba hallar aquel asunto en su propio interior, siquiera en un modo muy diáfano y minúsculo. Por ello interrumpió el iejidut. A esto se debe que en el momento del pecado del Becerro de Oro Di-s dijera a Moshé: “Desciende, pues tu pueblo se ha corrompido”25. En ese momento, Moshé se hallaba en las esferas Celestiales más sublimes, sin comer pan ni beber agua26. Por otro lado, los judíos estaban en un nivel espiritual por demás deplorable. [¿Que permitió acortar la distancia y conectar a Moshé con el pueblo?] Cuando Di-s le dijo: “Tu pueblo se ha corrompido”, éste es tu pueblo. Ello estableció el nexo entre Moshé y el pueblo, permitiendo de ese modo que Moshé intercediera en su favor.

Es en este espíritu que el Míteler Rebe escribe en Bad Kódesh27 que él no desea que su juicio sea llevado a cabo por ministros, ya que uno no puede fiarse de ellos. En cambio, pedimos “Que mi juicio provenga –exclusivamente de delante de Ti, que Tus ojos observen [mi] rectitud”28. Los ministros no perciben la realidad de los obstáculos e impedimentos; por ello, el juicio de un ser humano, compuesto por alma y cuerpo, debe provenir específicamente “de delante de Ti”. Este es un motivo adicional por el que debía haber jueces y policías fuera de la Tierra de Israel. [Es decir, sólo los jueces versados en la Sabiduría Divina, la Torá, sólo ellos están capacitados para comprender y juzgar a un judío teniendo en cuenta su situación particular donde fuera que éste se encuentre].

3. Si bien sólo había Ciudades de Refugio en la Tierra de Israel, hay, de todos modos, diferentes niveles en cuanto a éstas: [a] Algunas estaban en la margen oriental del río Jordán, una zona en la que abundaban los asesinos29, [una actitud que contradice la Voluntad de Di-s]; [b] otras estaban en Eretz Israel propiamente dicha – llamada así porque “quiso (ratztá) cumplir la Voluntad de su Hacedor”30; y [c] incluso en la Era Mesiánica [en la que la Divinidad estará absolutamente manifiesta], cuando “Di-s, tu Señor, ensanchará tus fronteras”31 habrá [no obstante] Ciudades de Refugio32.

Vemos de esto que el concepto de “Quien derrama la sangre del hombre…”33 –que es la razón de ser de las Ciudades de Refugio– está presente en cada estado [del servicio a Di-s por parte del hombre –donde abundan los asesinos, donde hay deseo de cumplir la Voluntad Divina, y donde la Divinidad está totalmente manifiesta– ] conforme su particularidad [interior, su cada categoría espiritual individual]. Por lo tanto, incluso en el Futuro Venidero, [en la Era Mesiánica] –cuando la avodá de la persona, y también su no-avodá, serán de un nivel absolutamente más excelso [que el presente]– existirá el concepto de “Derramar la sangre del ‘Adám de Santidad’ en el ‘Adám inicuo’”, por lo que será necesario el asilo protector de
las Ciudades de Refugio.

La ausencia y lo opuesto a la avodá [no es un estado per se sino que, más bien,] está intrínsecamente vinculado con el nivel esencial de cada categoría particular de avodá. Es decir, conforme el nivel espiritual de cada individuo, una actitud determinada [inferior a la requerida, por más excelsa que fuere,] es considerada [en cuanto a él] como que no sirvió a Di-s. Así, incluso [si quien podría estar] en [el nivel más sublime de avodá, el de] “a El te unirás”34, si sirve a Di-s únicamente en el nivel de “a El servirán”, precisa hacer teshuvá.

4. Lo mismo es válido en cuanto al Jeshbón HaNéfesh, el balance espiritual que debe hacerse en el mes de Elul –cuyo concepto es el de ser Aréi Miklat, las Ciudades de Refugio [en la dimensión del tiempo y la conducta del hombre]–: Cada judío debe realizarlo en consonancia con su nivel espiritual personal. Se debe hacer un análisis introspectivo de todos los pensamientos, palabras y acciones, de todo el año, [revisando] si fueron [apenas] tal como lo demanda el Shulján Aruj –el Código Judío de Leyes–, más allá de lo que exige la Ley, o de acuerdo al máximo de sus propias capacidades35, [cada cual conforme su nivel personal en el servicio a Di-s]. Si éste no fue el caso, es necesario hacer teshuvá.

De esto se entiende que el mes de Elul no es sólo “Ciudad de Refugio” para los hombres de negocios sino también para los estudiosos de la Torá, aquellos que todo el año “moran en las tiendas” de la Torá y la plegaria36. Pues a la Torá se aplica el versículo “Bétzer en el desierto”37, [y “en el desierto” es una referencia a] la Torá38, sobre la que fuera dicho: umimidbar mataná (“un regalo del desierto”39); y lo mismo se aplica a la plegaria.

Esto está relacionado con lo hablado hace dos años (en Jai [el día 18 de] Elul) acerca de la costumbre de este país –los Estados Unidos–, donde los alumnos de las Ieshivot viajan [de regreso] a sus hogares [y tienen “vacaciones”] durante los meses de Elul y Tishrei. Esta actitud es contraria a la Torá y al sentido común. En lugar de seguir la instrucción40 de que en Elul uno debe ocuparse menos con el estudio de la Ley y el escribir libros [con novedades] sobre temas de Torá, y dedicarse más a la teshuvá, ¡los estudiantes se van a sus casas!

Durante el mes de Elul cada alumno debe estar en la Ieshivá. Cada uno de ellos debe tener [firmemente] internalizado de que “pase lo que pase, en las contadas semanas del mes [en el que la avodá es la] de ‘busquen Mi rostro’41 yo debo ser como es debido”.

5. Esta es también una lección para los hombres de negocios. Si bien durante todo el año están inmersos en su actividad comercial, en el mes de Elul, sin embargo, o al menos desde el 18 de Elul –que marca el comienzo de [una nueva etapa en] el balance personal de “un día [de los 12 que restan hasta Rosh HaShaná] por [cada] mes [del año]”, o al menos durante los días de Selijot, deben huir a las “Ciudades de Refugio” (que también estaban en la margen oriental del Jordán, más allá de las fronteras de Eretz Israel), [esto es,] a un lugar de irat shamáim (“temor a Di-s”) como lo es una Ieshivá o ámbito similar, y fijar allí su morada.

Su actitud debe ser la de “Huirá allí”42, es decir, escaparse43 de todos los asuntos en los que está inmerso el resto del año, para asentarse en las Ciudades de Refugio, “allí será su morada”; en palabras del Zohar: “El entierro (de Moshé) fue en [las enseñanzas de] la Mishná”44 – “allí será su [lugar de] entierro”45. [Por supuesto,] el significado de “su entierro” [conforme se aplica a esta enseñanza, no] es [en sentido literal, Di-s libre, sino] tal como lo expresa la Mishná46: “A los 100 años, es como si hubiera muerto, desaparecido y suprimido del mundo”. Cuando la persona llega al nivel de “100 años”, es decir, cuando ha logrado la perfección de todos los componentes de los [diez] poderes de su alma (que [por su interrelación] son “diez compuestos de diez” [totalizando 100]), es como si “hubiera desaparecido y [sido] suprimido del mundo”, es decir, está más allá de la ocultación [de la Divinidad] que caracteriza al [concepto de] mundo. Por lo tanto, puede disfrutar de muchos días y años más pues ya no tiene nada que temer47.

Este es, entonces, el significado de “su lugar de entierro”: La separación de los cuatro elementos [básicos de la Creación, Fuego, Aire, Agua, Tierra], cada uno retornando y uniéndose a su raíz48, “pues polvo eres, y al polvo volverás”49, lo que alude a la autoanulación de éretz50 y lleva al binián hamaljut (la “construcción” de Maljut) de Rosh HaShaná51. La avodá del balance espiritual del mes de Elul –“Huirá allí”– es la preparación adecuada para la ketivá vajatimá tová de Rosh HaShaná, ser inscripto y confirmado para bien, para un año bueno y dulce en lo que respecta a hijos, salud y sustento abundante.

1 Véase Likutéi Sijot, vol. II, pág. 623.
2 [Acerca del propósito de estas ciudades y la enseñanza para los judíos de nuestra época a inferir de sus pormenores, véase Likutéi Sijot, vol. II, pág. 363 y ss., fascículo 40 de esta edición española (NE)].
3 [Deuteronomio 16:18 (NVI)].
4 Sifrí Zutá [sobre Números 35:29, ed. Horowitz, pág. 335 (NVI)]. Ialkut Shimoní, Maséi 788 [nota 71 (NVI)], citado por Maimónides, Libro de los Preceptos (Ed. Kehot Lubavitch Sudamericana, 1996), Vol. 1, Mitzvát Asé 176.
5 Sifrí, Shoftím 144, al igual que Sanhedrín 16b, presentan deducciones individuales para cada una de estas obligaciones –la de designar jueces y la de designar policías [estos últimos para hacer cumplir las sentencias de los jueces, véase Rashi en Deuteronomio 16:18 (NVI)]– para todo Israel, lo que parecería indicar que son dos ordenanzas diferentes. Sin embargo, el versículo “en todos vuestros poblados” (Números 35:29) –del cual se aprende que la ordenanza también rige para fuera de la Tierra de Israel (Macot 7a y Sifrí)– sólo habla de jueces. Véase no obstante, Tanjumá, Shoftím 2 [y también Sifrí, Shoftím 144, en la versión de MS, Roma (NVI)]: “Rabí Elazár dice: “Si no hay policía, no hay juez”. De ello se deduce que debían designarse policías en todo lugar en el que se designaran jueces. (Nótese que el dicho de Rabí Elazár aparece en Ialkut Shimoní [(Shoftím 907) sin mencionar a su autor (NVI)], implicando de esta forma que es una opinión indiscutida). En este contexto podemos entender fácilmente: a) La pregunta del Talmud (Macot 7a) de por qué deben mencionar las Escrituras “en todos tus portones” (Deuteronomio 16:18), puesto que la designación de policías es aplicable también fuera de la Tierra de Israel; b) por qué la designación de jueces y policías no se enumera como dos preceptos individuales (véase Torá Temimá sobre Deuteronomio 16:18, y el comentario de Rabí Ierujam F. Perla sobre el Sefer HaMitzvot de Rabí Saadiá Gaón, fin de parshá 1); c) las palabras de Maimónides en Libro de los Preceptos, ibíd.: “¿Cómo se sabe que se designan Tribunales para todo Israel? Pues las Escrituras dicen: ‘jueces y policías…’. Estas leyes rigen tanto dentro de la Tierra como fuera de ella”.
6 [Números 25:29 (NVI)].
7 [Ibíd. (NVI)].
8 [“Fuera de la Tierra” se usa aquí en su sentido básico, que incluye todas las áreas allende la Tierra de Israel, es decir, la Margen Occidental y la Oriental del Jordán (NVI)].
9 Sifrí, Maséi 160, sobre Números 35:13.
10 [Véase Rashi sobre Deuteronomio 16:18; comp. con Tanjumá, Shoftím 2 (NVI)].
11 [Véase Likutéi Torá, Nasó, 25c; ibíd., Matot, fin de 86b; y comp. con Rashi en Levítico 26:41, sobre la palabra veaz (NVI)]. Véase Tanjumá, Shoftím 6: “‘Juzgarán al pueblo con justicia recta’ – esto enseña que de este modo se realiza justicia (tzedaká) con ambos: con el litigante que resultó victorioso por el hecho de que recibe lo que es suyo, y con la parte derrotada por el hecho de que el objeto robado es quitado de su posesión”. [Véase allí también la continuación (NVI)].
12 Macot 10b; y véase allí Tosafot, sobre la palabra midéi.
13 Capítulo 1.
14 [Véase Rashi sobre Génesis 32:21 (NVI)].
15 [Véase Igueret HaTeshuvá, cap. 2 (NVI)].
16 Véase Taanít, comienzo de 10a.
17 Bereshít Rabá 5:8; Ialkut Shimoní, Bereshít 8 [nota 9. Comp. con Midrash Lékaj Tov, ed. Buber, sobre Génesis 1:1; y nota 63 allí (NVI)].
18 Maimónides, Hiljot Teshuvá 2:2. Tania, Igueret HaTeshuvá, cap. 1. Nótese, sin embargo, que el arrepentimiento por el pasado no debe ser sólo con el “pensamiento” (mente y corazón) sino también con habla: es necesaria la confesión verbal ([Hiljot Teshuvá 1:1 (y véase Kiriat Sefer allí), y Sefer HaMitzvot 1:73]. Véase Dérej Mitzvotéja, Mitzvat Vidéi uTeshuvá, 38a; Minjat Jinuj, 364). La resolución acerca del futuro no significa más que el abandono del pecado (éste es claramente el significado de Maimónides en ibíd. 1:1; Rabeinu Ioná, Shaaré Teshuvá 1:19, y otras fuentes), como se deduce de la ley en Jóshen Mishpat, fin de la secc. 34, y otras fuentes. Véase también Kidushín 49b. Este tema, no obstante, requiere más análisis.
19 [Taanít 16a, Hiljot Teshuvá 2:3 (NVI)].
20 [Números 35:11 (NVI)].
21 Avot 2:4.
22 Deuteronomio 11:12.
23 Sefer HaMaamarím Kuntreisím, vol. II, pág. 712.
24 [Iejidut es una audiencia privada con el Rebe en la que el jasíd busca el consejo y la bendición del Rebe para sus requerimientos materiales y espirituales. Para un detallado resumen histórico y filosófico del concepto de iejidut en el Jasidismo Jabad, véase Sefer HaIejidut, de A. J. Glitzenstein, Kehot Israel, 1989 (NVI)].
25 Exodo 32:7.
26 [Véase Deuteronomio 9:9 (NVI)].
27 [Bad Kódesh, caps. 7-8. El Míteler Rebe fue arrestado por las autoridades rusas en el otoño de 1826 bajo cargos difamatorios de estar conspirando contra el gobierno. Este envió una petición al gobernador general de la provincia de Vitebsk pidiéndole ser enjuiciado por aquel en persona, dando una extensa explicación de su solicitud en términos del concepto cabalístico de Maljut (soberanía, reinado) tal como se refleja en el plano terrenal. Esta petición fue publicada posteriormente bajo el título de Bad Kódesh (atribuida erróneamente en las primeras ediciones al Alter Rebe). Para un registro de los detalles del arresto y la liberación del Míteler Rebe, véase el prefacio, la introducción y el anexo en la edición de Kehot NY de Bad Kódesh, y Sefer HaToldot – Admur HaEmtzaí, cap. 8 (NVI)].
28 Salmos 17:2.
29 Macot 9b. [Rashi sobre Números 35:14 (NVI)].
30 [Véase arriba, fin de la secc. 1 (NVI)].
31 Deuteronomio 19:8.
32 [Véase Deuteronomio 19:8-9, y Rashi allí; Maimónides, Hiljot Rotzéaj 8:4 e Hiljot Melajím 11:2 (NVI)]. Sifrí, Shoftím 185; Ierushalmí, Macot 2:6. [El concepto de “Ciudades de Refugio” en la Era Mesiánica presenta un problema obvio: en la Era Mesiánica “no dañarán ni destruirán… pues la tierra estará llena del conocimiento de Di-s” (Isaías 11:9); se decretará el final del mal y del pecado (véase Ezequiel 37:23; Tzefania 3:13, y otros lugares), y será una época de paz universal (Isaías 2:4, y otros lugares). Entonces, ¿por qué habrá en esa Era necesidad de tener “Ciudades de Refugio” que sirven de asilo para los asesinos? El Rebe procede ahora a dar una respuesta. (Para otros análisis sobre el tema véase Rabí Jaím Vital, Likutéi Torá, y Sháar HaMitzvot sobre Deuteronomio 19:8-9; Shnéi Lujot HaBrit, introd., Bet David, 18a-b; Záit Raanán sobre Ialkut Shimoní, Deuteronomio 19; y el extenso análisis del Rebe, refiriéndose también a éstas y otras fuentes en Likutéi Sijot, vol. 24, págs. 107- 114) (NVI)].
33 [Génesis 9:6 (NVI)].
34 [“Tras Di-s, vuestro Señor, marcharán; a El temerán; Sus mandamientos observarán y a Su voz atenderán; a El servirán y a El se unirán” (Deuteronomio 13:5). Este versículo alude a seis formas de avodá en orden ascendente (NVI)] véase Likutéi Torá, Reé, 19b-22d; Sidur im Pirush HaMilot, 25d; y Derej Mitzvotéja 185b. [Estar en cualquiera de los niveles inferiores, sin importar cuán sublime éste sea, significa estar por debajo de los niveles superiores y por ende es necesaria la teshuvá. Esto será aplicable también en la Era Mesiánica, aunque de una manera más sublime y refinada (NVI)].
35 [Lit.: “según el camello”, en base al proverbio: “La carga es según la capacidad del camello”, es decir, las órdenes Divinas impartidas al hombre se ajustan a su capacidad (NVI)]. Ketuvot 67a y 104a; Sotá 13b.
36 [Los Batéi Knesiot (sinagogas) y los batéi midrashot (academias de estudio) son llamados las “tiendas” del pueblo judío. Quienes allí se reúnen para estudiar Torá y orar son denominados ioshvéi óhel – aquellos que moran en la ‘tienda’”. Véase Ialkut Shimoní y Midrash Lékaj Tov sobre Números 24:5, y comp. con Berajot 16a y Sanhedrín 105b (NVI)].
37 [Deuteronomio 4:43. Bétzer es la Ciudad de Refugio que estaba en territorio de la Tribu de Reuvén (NVI)].
38 [Véase Macot 10a, interpretando la yuxtaposición del versículo “Bétzer en el desierto” con el próximo, “Esta es la Torá que Moshé puso ante los Hijos de Israel”, que nos enseña que la Torá ofrece asilo (NVI)]. 39 [Números 21:18. Esto se refiere a la Torá que fue entregada como regalo en el desierto del Sinaí: véase Otiot deRabí Akivá sobre la palabra samaj (ed. Batéi Midrashot, vol. II, pág. 385); Tanjumá, Jukat 21; Bamidbar Rabá 19:26. Comp. con Eruvín 54a y Nedarím 55a (NVI)].
40 [Birkéi Iosef, Oraj Jaím 581:6, citado abajo, Jai Elul, secc. VIII (NVI)].
41 [Salmos 27:8. Este es el Salmo que se recita desde Rosh Jodesh Elul hasta Shminí Atzeret (NVI)].
42 [Números 35:11 (NVI)].
43 Esto debe entenderse en el sentido de “el pueblo ha huido” [de Egipto; Exodo 14:5], conforme se explica en Tania, cap. 31.
44 Zohar I, fin de 27b. Véase Biuréi HaZohar, Bereshít, 1d.
45 Macot 11b; [“Allí será su morada, allí será su muerte, allí será su entierro”. Sifrí, Shoftím 181, y Tosefta, Macot 2:2, lo deducen del uso triple de la palabra sháma – “allí” (en la ciudad de refugio); véanse comentaristas allí (NVI)].
46 Avot 5:22.
47 [La Mishná enumera diferentes etapas en la vida de la persona, siendo cada una positiva y aportando lecciones para la conducta humana. Esta última, relacionada con la edad de 100 años, sólo parecería descriptiva y negativa. El Jasidismo, sin embargo, explica que también ésta es positiva y aleccionadora, pues alude a la madurez espiritual: Hay 10 kojót hanéfesh (poderes o facultades del alma, que se corresponden con las Diez Sefirot de Jojmá, Biná, Dáat, etc.; véase Tania, cap. 3, e ibíd. Igueret HaKodesh, Epístola 15). Cada una de éstas se divide a su vez en 10 niveles más específicos (Jojmá de Jojmá, Biná de Jojmá, etc.) sumando un total de 100 “sub-poderes”. La Mishná, así, se refiere al individuo de “100 años” como aquel que ha refinado y elevado todos estos poderes del alma: éste es considerado como si hubiera trascendido este mundo, es decir, ya no pertenece más a este mundo ni tiene relación con los asuntos mundanos. Por lo tanto, no tiene que temer de ellos; como si no tuviera más Iétzer HaRá (véase Ierushalmí, Berajot 9:5; Zohar II, 107b). Véase Or HaTorá, Jaiéi Sará, pág. 20; Sidur Tefilá im Pirush Maharíd sobre Avot 5:22, vol. II, 96a; Likutéi Sijot, vol. I, Bereshít, Vaierá, secc. VII (NVI)].
48 [Comp. con Likutéi Sijot, vol. I, Bereshít, Jaiéi Sará, secc. I (NVI)].
49 [Génesis 3:19 (NVI)].
50 [Luego de la muerte y el entierro el cuerpo se descompone y sus elementos constituyentes se separan uno del otro. El elemento físico de Tierra retorna, así, a su fuente original. El término áretz significa “tierra” en el sentido geográfico específico de espacio terrestre, o también “suelo”, en su sentido general. En el primer caso, alude –como se explicara– a la auto-anulación de someterse a la voluntad del Creador. También en el sentido de “suelo” o “polvo” alude a la autoanulación, como lo evidencia el hecho de que “todos lo pisan” (Bereshít Rabá 41:9). El “entierro” metafórico de “al polvo volverás” mencionado arriba es simplemente el estado de máxima auto-anulación, como en Génesis 18:27; véase Julín 89a y Tania, Igueret HaKodesh, Epístola 2, en el espíritu de como decimos al final de la Amidá: “Que mi alma sea cual polvo para todos”. Nótese también que áretz, en la terminología cabalística, se identifica con la Sefirá de Maljut, “que nada propio tiene”; véase Conceptos Místicos en el Jasidismo (Ed. Kehot Lubavitch Sudamericana, 2007), cap. 3, secc. 7 (NVI)].
51 [“No hay rey sin pueblo” (véase Pirké deRabí Eliezer, cap. 3). El atributo Divino de Maljut (reinado) se manifestó sólo después de la creación de Adám: “En el momento en que todas las cosas fueron creadas por Su voluntad, entonces Su Nombre fue proclamado Rey” (himno litúrgico Adón Olám). Esto fue el primero de Tishrei, que luego pasó a ser Rosh HaShaná. Así, cada Rosh HaShaná se renueva el Reinado Divino: uno de los temas centrales de la liturgia de Rosh HaShaná es el recitado de versículos bíblicos que se refieren al Reinado de Di-s, “para que Me proclames Rey sobre ti” (Rosh HaShaná 16a). En la terminología cabalística, esto se denomina binián haMaljut, la “construcción” o “establecimiento” del atributo Divino de Maljut (véase Pri Etz Jaím, Sháar Rosh HaShaná; comp. con Sidur im Pirush HaMilot, Sháar HaTekiot, 246a; Sefer HaMaamarím 5703, pág. 5). La auto-anulación de “tierra” o áretz (véase la nota anterior) alude a la máxima aceptación y proclama del Reinado Divino; de esta manera, ello genera la renovación del binián haMaljut de Rosh HaShaná (NVI)].

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